sábado, 22 de septiembre de 2007

Sol per sfogare il core

En "Milanesa con papas" encontré un post sobre un lugar cuya historia desconocía: la Villa Marana ai Nani, así llamada por poseer en sus jardines 17 enanos tallados en piedra por el escultor Francesco Uliaco probablemente a partir de diseños de los Tiépolo, quienes decoraron la villa con sus frescos.
Construída en 1669, la leyenda habla de una "princesa enana" recluída en la mansión, aunque es mucho más probable que sea la fascinación por lo monstruoso que tiñe la obra barroca la inspiración de estas esculturas, más si consideramos que se reconoce en ellas a los personajes del "Teatro dei Burattini" y de la "Commedia dell'arte".

"La escalera de la Galería del Cierzo al cuarto bajo y bóvedas de verano, sin dejar de presentar un contenido variopinto, en el que no faltaban vistas de ciudades y batallas, reunía dos grupos de cuadros acaso complementarios. Uno lo conformaban los retratos de Pejerón, de Moro, el Loco Morata, de Coello, dos de Martín de Aguas, uno de ellos con un negro y otra loca, el de Catalina la Portuguesa, y los de la enana Magdalena Ruiz y un gigante llamado Juan Biladons; el segundo conjunto de pinturas, agrupaba rarezas animales como «un pájaro extrahordinario» y elementos zoológicos representativos del mundo de lo anormal o de lo deforme, como un «bufano» (búfalo) negro sin cuernos y una cabra montés «que parece baca porque tiene los cuernos como tal». Al ser difícil proponer el azar como único promotor de un grupo de imágenes con esa coherencia temática, por más que estuviesen acompañados de otras, es preciso optar por creer en una ordenación voluntaria y tardía de un bloque de contenido teratológico que no tenía parangón en todo el Alcázar, aunque tampoco reunía todas las pinturas de este genero en él existentes, ya que el retrato de otro gigante llamado Juan Núñez se encontraba en la «quinta pieça del otro pasadiço», y había más en otras partes; en cualquier caso, este «ciclo» ornamental resulta una nueva persistencia de la cultura manierista, y se asemeja extraordinariamente a la esfera de los bestiarios de Rodolfo II y a las colecciones de Ambras de Fernando de Tirol, donde se encuentran mezclas de imágenes muy parecidas.
Jesús Sáenz de Miera, tomando datos del Inventario del Real Alcázar de Madrid de 1636, en "Lo raro del Orbe. Objetos de arte y maravillas en el Alcázar de Madrid". El Real Alcázar de Madrid. Dos siglos de arquitectura y coleccionismo en la corte de los Reyes de España, págs. 264 - 287. Ed. Nerea: Madrid, 1994".

Sobre otros monstruos, lejanos unos y tristemente próximos los otros, un texto publicado originalmente aquí.


Sol per sfogare il core.

En el año 1552, Pier Francesco Orsini, duque de Bomarzo hizo grabar esta inscripción en dos obeliscos en los jardines de lo que se ha dado en llamar "El bosque sacro de Bomarzo". Angustiado por la muerte de su esposa Julia Farnese, Vicino, se dio a la tarea de llevar a la piedra los monstruos nacidos su soledad.

"Mi vida... mi vida transfigurada en símbolos.., salvada para las centurias.., eterna... imperecedera... He ahí lo que debía relatar en Bomarzo, pero, no a través de los frescos efímeros de Jacopo del Luca, cuya posibilidad quedaría abandonada para siempre en el entrecruza­miento de los andamios, en una desierta galería del castillo, sino utilizando las rocas perennes del bosque. El bosque sería el Sacro Bosque de Bomarzo, el bosque de las alegorías, de los monstruos. Cada piedra encerraría un símbolo y, juntas, escalonadas en las elevaciones donde las habían arrojado y afirmado milenarios cataclismos, formarían el inmenso monumento arcano de Pier Francesco Orsini. Nadie, ningún pontífice, ningún emperador, tendría un monumento semejante. Mi pobre existencia se redimiría así, y yo la redimiría a ella, mudado en un ejemplo de gloria. Hasta los acontecimientos más pequeños cobrarían la trascendencia de testimonios inmortales, cuando los descifrasen las generaciones por venir. El amor, el arte, la guerra, la amistad, las esperanzas y desesperanzas... todo brotaría de esas rocas en las que mis antecesores, por siglos y siglos, no habían visto más que desórdenes de la naturaleza. Rodeado por ellas, no podría morir, no moriría. Habría escrito un libro de piedra y yo sería la materia de ese libro impar."("Bomarzo", Manuel Mujica Lainez. Gran Premio Nacional de Literatura, Premio John F. Kennedy y Medalla de Oro del Gobierno Italiano)


Los monstruos fueron recreados en la obra pictórica de Salvador Dalí y del holandés Carel Willink , en la de novela de Manuel "Manucho" Mujica Lainez y en la ópera de Alberto Ginastera basada en el "Bomarzo" de "Manucho".

La ópera comienza con la escena final del texto de Mujica Lainez:
"El duque Pier Francesco Orsini murió de veneno, sin originalidad, como cualquier príncipe del Renacimiento, en el instante preciso en que creía que tornaba a ser totalmente un ascético príncipe medieval. Pero aún en eso, en la ironía trágica del emponzoñamiento con la pócima que aseguraba el perpetuo subsistir, el duque de Bomarzo fue distinto a todos los numerosos duques envenenados de su época, como su célebre parque fue distinto a todos los demás, porque cuanto con él se vinculaba fue distinto del resto."
Ginastera dirigía el "Centro Latinoamericano de Altos Estudios Musicales del Instituto Di Tella" y recibió de la "Washington Opera Society" el encargo de una ópera que formó parte de la temporada 1967 en el "Lisner Auditorium de Washington". Víctima de otros monstruos, la ópera fue prohibida en Argentina por el gobierno militar de turno y recién pudo estrenarse en 1972.

viernes, 21 de septiembre de 2007

Varia

- A modo de "cave", la bitácora de mi amigo Ricardo Vigueras reza:


"BITÁCORA DE UN TRANSTERRADO. PENSAMIENTOS MESTIZOS EXPRESADOS EN ESPAÑOL TRANSTERRITORIAL. ESTA PÁGINA SE ACTUALIZA CUANDO QUIERE Y PUEDE Y CASI NUNCA PRESTA ATENCIÓN A TEMAS DE ACTUALIDAD. DISFRÚTESE DE PREFERENCIA EN UNA HABITACIÓN CERRADA, CON MUCHO ALCOHOL Y CIGARRILLOS"

En ella postea que se realiza en Prat de Llobregat a partir del 22 de septiembre y hasta el 20 de octubre una muestra con los originales de Ángel de la Calle para "Modotti, una mujer del siglo XX".
Para quienes deseen saber más de que se trata esto, visitar


- Nueva figuracion madrileña: influencias en la época de lo grafico

"La reivindicación de la pintura que desde mediados de los 70 había empezado a imponerse como reacción a la crisis de las vanguardias tuvo en los años 80 la consolidación de un modelo ecléctico que confluiría en diferentes medios plásticos. Poco se ha hablado de la movida madrileña desde el punto de vista de lo visual, la formación de un arte figurativo que diversificaría sus influencias a través del cómic, la ilustración, el diseño y la propia pintura. Suele atribuirse a la música el mayor eje expresivo del cambio sociocultural de los años 80. Es cierto que el pop otorgó una visibilidad generalizada a esos cambios volcados sobre las transformaciones en la identidad juvenil, sin embargo años antes de que aparecieran Kaka de Luxe y la nueva ola, la pintura ya había depositado el germen de todo el compendio visual de los años 80. La nueva figuración influiría en las tramas del cómic que se habían decantado por un mayor experimentalismo, pero también en el auge del diseño gráfico y el trasbase de muchos dibujantes al campo de la pintura, originariamente instalados en el comic underground... "continúa


- Preserve Your Precious Memories As Abstract Art SAVE YOUR MEMORIES NOW AND ENJOY THEM FOREVER ON DVD!!!
We work directly from your old film negatives or prints. We can also convert your old 8mmand VHS movies to Cubism.


- Recién regreso de la premiación del Salón Nacional de Artes Visuales 2007 en el Palais de Glace. Para aplaudir a amigos como Diego Perrota y Ricardo Roux y alegrarme de ver premiado a Danilo Danzinger, artista tan injustamente vapuleado por los medios en los últimos años. La noche culminó en La Biela, con amigos, chismes y comentarios sobre el pequeño mundo del arte.

jueves, 20 de septiembre de 2007

Esta película ya la vi

Alboroto en Ibiza a consecuencia de la muestra "Visita Ibiza" que se lleva adelante en la antigua iglesia de Santa María de Gracia. El fotógrafo Ivo Hendriks expone unos foto-collage que no han resultado del agrado del Obispado de Eivissa y solicitan el retiro de estas imágenes de la expo. Mientras tanto, Cultura opina que "no ha censurado jamás ni censurará una expresión artística y que respeta la libertad de expresión del artista y del publico."No suena a algo?

Vía Menéame


Actualización ( agradeciendo a Esprit)
"El Ayuntamiento de Ibiza, con mayoría absoluta del PSOE-Eivissa pel Canvi, anunció ayer el cierre anticipado de la exposición "Vamos a Ibiza. 50 años de artistas neerlandeses en Ibiza", que estaba instalada en la iglesia de l'Hospitalet. El edificio forma parte del Museo de Arte Contemporáneo de Eivissa (MACE), y el obispo de Ibiza, Vicente Juan Segura, reclamó que se retirara una de las obras."

martes, 18 de septiembre de 2007

Qué es el "Droit de Suite" y cómo se implementa

El presente artículo es adaptación corregida del publicado por la autora en la revista Conceptos, Universidad del Museo Social Argentino: "El Droit de suite o derecho de seguimiento en las obras de arte"
"Los artistas plásticos no han encontrado hasta ahora una forma de agrupamiento que les permita una más efectiva defensa y promoción de sus derechos autorales. Ni la Sociedad Argentina de Artistas Plásticos ni la Asociación Estímulo de Bellas Artes, entre otras, desempeñanuna función de percepción de derechos, fenómeno que caracteriza a muchos países, y a pesar de que los derechos de reproducción de laobra plástica están asegurados y protegidos por la ley argentina de derecho de autor. En cuanto a la aplicación en el país del “derecho de prosecución”(conocido en la legislación comparada como droit de suite) y consistente en el derecho del artista a participar en el mayor valorque va adquiriendo su obra con motivo de su comercialización en elmercado de arte, se encuentra en estudio un proyecto destinado a ponerlolegalmente en vigencia en el país. Un cuadro de irritante desigualdady falta de equidad hacia el artista, dentro del contexto global conque se valora socialmente la utilidad de los esfuerzos laborales y creativosde los hombres, pareciera surgir cuando se considera a la obra dearte como un bien de capital que al mismo tiempo enriquece materialmentela economía nacional, haciendo vivir a numerosos intermediariosque intervienen en el mercado de arte estimulados por la valorizaciónsecular de aquélla, sin que de sus réditos participe el creador, que generatodo el proceso de comercialización, una vez que se desprende de suobra personal luego de la primera venta de la misma. Reconocido el droit de suite internacionalmente por la Convención de Berna (textorevisado en Bruselas en 1948), la Argentina intenta encontrar su propiocauce en la materia como reconocimiento de la labor de los artistas nacionales"

Esto decía Ewin Harvey en 1977 en "Politicas culturales: Estudios y documentos.La política cultural en Argentina".

Treinta años han pasado, una dictadura y varias democracias y la situación continúa en el mismo estancamiento. Aunque por allí circula la intención de establecer un "Droit de Suite", duerme tal vez en el cajón vecino a la Ley de Mecenazgo

Mientras tanto, el rumor del tan mentado "Droit de Suite" circula entre los círculos y el mercado de arte como una especie de cuco, ya que nadie sabe bien de qué se trata ni como se implementa.

Que es el “Droit de Suite”?
El derecho de Participación es un derecho legal de los artistas, establecido en el artículo 14 de la Convención de Berna (1). Fue introducido primero en Francia en 1920 y en 1921 en Bélgica.
El “Droit de Suite” o “Derecho de Participación en beneficio del autor de una obra de arte original”, compara la posición de los artistas plásticos con la de escritores o compositores, permitiendo que participen en la ganancia de la explotación subsiguiente de sus obras.

Lo explica con claridad el abogado español Javier González Vincen (2):
“el Derecho de Participación es un derecho de autor, de carácter patrimonial, incluido dentro del grupo de los derechos denominados de “simple remuneración”, y que tal y como muy acertadamente explica don Antonio Delgado en su Panorámica de la protección civil y penal en materia de Propiedad Intelectual, tiene como función la de “asegurar al autor la percepción de una retribución equitativa (normalmente proporcional), en los rendimientos que se derivan de la utilización de su obra, ejercida tal utilización fuera del alcance de su derecho exclusivo o de monopolio”.
El fundamento etiológico de este Derecho, radica en la compensación que el legislador hace a los autores de las obras de las artes plásticas por su limitación, en relación con los restantes autores, en el disfrute del Derecho de Distribución. (3)

Por qué se establece el “Droit de Suite”?
Este derecho, es frecuente y difundido entre autores literarios, músicos, compositores, que pueden participar de los beneficios económicos del copyright de las obras dentro de los tiempos establecidos por las legislaciones nacionales (4), pero no ocurre así con la producción plástica.(5)
La inexistencia del “Droit de Suite” crea una distorsión en el mercado de arte moderno y contemporáneo, por esta distorsión los artistas plásticos quedan excluidos de las ganancias por aumento de valor de su producción en las segundas ventas.

Citando nuevamente a Vincen:
“La razón de esta descompensación entre unos y otros autores a la hora de disfrutar el Derecho de Distribución, se apoya en el hecho de que, cuando la distribución se efectúa mediante venta, este Derecho generalmente se extingue a partir de la primera, en aquellos países que reconocen el agotamiento del Derecho de Distribución.
Dado que el acto creativo en las artes plásticas se plasma sobre una obra única o sobre tiradas de un número muy reducido de ejemplares y que la distribución de estas obras es fundamentalmente mediante venta, el ejercicio del Derecho de Distribución de los originales de las obras de los artistas plásticos, queda limitado pues, a una primera venta del original, lo cual equivale a decir que por razones fácticas, prácticamente no puede ejercerse.” (6)

• Cuántos países reconocen el “Droit de Suite?
Actualmente 32 países reconocen el Droit de Suite, entre ellos 12 países de la CE, incluida Gran Bretaña que implementó esta legislación el 14 de febrero del 2006 y el estado de California (6), en EE.UU.


Reconoce la CE el “Droit de Suite”?
El Parlamento Europeo emitió la Directiva 2001/84/EC (8), con la intención instaurar un régimen jurídico armonizado del Derecho de Participación (9), al que define como “aquel que tiene un autor y, a su muerte, sus herederos u otros causahabientes, a percibir un porcentaje del precio de una obra perteneciente, por lo general, al campo de las artes gráficas y plásticas, con ocasión de la reventa de aquella en subasta pública o cuando intervengan agentes comerciales”.

Es Argentina firmante de la Convención de Berna?
Sí. Argentina es firmante de la “Convención de Berna”, de la “Convención Universal sobre Derecho de Autor” y de la “Recomendación relativa a la Condición del Artista”.

Que se establece en la “Recomendación relativa a la Condición del artista”?
4. Los Estados Miembros deberían asegurar a los artistas, si es necesario mediante medidas legislativas apropiadas, la libertad y el derecho de constituir las organizaciones sindicales y profesionales que prefieran y de afiliarse a ellas, si lo desean, y deberían procurar que las organizaciones que representen a los artistas tuvieran la posibilidad de participar en la elaboración de las políticas culturales y laborales, incluida la formación profesional de los artistas, así como en la determinación de sus condiciones de trabajo.

5. En todos los niveles adecuados de la planificación nacional en general, y de la planificación de las actividades culturales en particular, los Estados Miembros deberían tomar, especialmente mediante una estrecha coordinación de su política cultural, educativa y laboral, todas las medidas encaminadas a definir una política de ayuda y apoyo material y moral a los artistas y hacer lo necesario para que se informe a la opinión pública acerca de la justificación y necesidad de dicha política. Con este fin, la educación debería dar a la sensibilidad artística el lugar que le corresponde para formar al público y ponerle en condiciones de apreciar las obras del artista. Sin perjuicio de los derechos que se le deben reconocer en virtud de la legislación sobre derecho de autor, incluido el droit de suite cuando no esté comprendido en aquélla, y de la legislación sobre asuntos conexos, los artistas deberían gozar de una condición equitativa y su profesión debería estar rodeada de la consideración que merece. Sus condiciones de trabajo y de empleo deberían ser tales que los artistas pudieran consagrarse plenamente a sus actividades artísticas si así lo desearan.

Asimismo, la obra artística se halla incluida en la Ley nacional 11.273 de derecho de autor.

• Cómo se instrumenta el “Droit de Suite”?

Tal como establece la Convención de Berna, cada uno de los países establecerá sus propios sistemas de legislación sobre la aplicación, percepción y distribución del Droit de Suite

The procedure for collection and the amounts shall be matters for determination by national legislation.

Los derechos de la reventa se pueden pagar directamente por el vendedor al autor o a sus herederos, o pueden ser recaudados recurriendo a sociedades de gestión ya sean privadas o estatales.


Cuáles son los distintos sistemas de percepción y distribución?

Si bien la CE recomienda una escala aplicable (10), queda en cada país la administración del derecho de distribución.

En Alemania, hace veinte años que este derecho es aplicado y esta contemplado en el punto 26 de la ley de copyright. El artista obtiene el 5% de las subsecuentes ventas de su trabajo durante el período que el Droit de Suite permanece en vigencia. Solo las ventas en las que participa un rematador o un comerciante están contempladas y se reconocen los derechohabientes después de fallecido el artista. Lo administra el VG Bild-Kunst, asociación de autores con derecho a inspeccionar documentos de venta en caso de existir dudas que así lo justifiquen. Desde 1980 existe un acuerdo con la Asociación de Subastadores, Dealers y Galeristas, por el cual cada venta debe ser reportada al Ausgleichsvereinigung Kunst’. La administración del Bild Kunst alcanza no solo la obra de los autores alemanes, sino la obra de autores extranjeros nucleados en organizaciones similares (11).
Lo recaudado se deriva a pago de royalties y a la creación de pensiones y al fomento de las artes visuales.

En Noruega se aplica el Droit de Suite con una carga del 3% sobre el valor del bien adquirido. Lo recaudado es administrado por el Relief Fund on Visual Arts que tiene por objetivo redistribuir el monto en becas, concursos de arte y sostén a artistas ancianos y sus cónyuges supérstites.

En California, el “California Resale Royalty Act (12)” habilita al artista al cobro de un 5% sobre las segundas ventas y es administrado por el California Arts Council.

En Finlandia, el Droit de Suite se encuentra incluido en el Acta Finlandesa de Copyright, Ley 4040 de 1961 y se puso en práctica en 1985. Es administrado por la Asociación de Copyright de Artistas Aisuales, KUVASTO, fundada en 1987 por la Asociación de Artistas Finlandeses.
El mercado de arte finlandés es el menor de la CE, con ventas anuales en el orden de 12 millones de euros.

En Dinamarca, el Droit de Suite se implementó en 1989 y es administrada por el Copy-Dan, entidad reconocida por el Ministerio de Cultura danés.

En Bélgica, se implementó desde 1999 (13) un sistema de pago directo, en el que las casas de venta deben efectuar el pago del derecho de autor a alguna de las tres sociedades belgas de artistas visuales. En aplicación desde 1921, el Droit de Suite belga retiene el 6% directo de las ventas y es gestionado por la Sabam, Société Belge des Auteurs, Compositeurs et Editeurs, sociedad privada de gestión colectiva, creada en 1922.

En Francia se emplea un sistema de recolección directa a través de la ADAGP (14). La ADAGP informa a las casas rematadoras los nuevos artistas que se han incluido en sus registros y la forma de pago se realiza mediante un acuerdo establecido con la Chambre Nationales des Commissaires-Priseurs
La Chambre Nationales des Commissaires-Priseurs envía datos actualizados a la ADAGP, de modo que puedan obtener información sobre sus miembros.

España retiene el 3% directo en concepto de Droit de Suite. La Vegap (15) representa y defiende los derechos de más de 44.000 creadores visuales y gestiona los derechos patrimoniales que corresponden a los creadores visuales merced a la Ley de Propiedad Intelectual, artículo 24, incluyendo en ello querellas judiciales por retención indebida, como la querella criminal iniciada a Fernando Durán Bailly y Bailliere por retención de Derechos de Participación pagados en la sala de subastas.
Se establece que el obligado a pagar el Derecho de Participación es el vendedor, no el comprador, debiendo el intermediario efectuar la retención correspondiente y liquidarla al autor o a la entidad de gestión que lo representa. 16

Italia maneja un sistema complejo por el cual el Droit de Suite se aplica sobre la diferencia de valor existente entra las sucesivas ventas de la misma obra.

Que alcance tiene el Droit de Suite?

Para la CE, el beneficio del Derecho de Participación se limitaa los nacionales de la Unión Europea y a los autores extranjeros cuyos países concedan una protección semejante a los autores comunitarios.(17)
El Copy-Dan, al igual que el Bild Kunst, recolecta los derechos no solo para los artistas daneses sino para los artistas de los siguientes países, cuando las obras son vendidas en territorio de Dinamarca:

Austria, Bélgica, Brazil, Chile, Costa Rica, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Costa de Marfil, Liechtenstein, Luxemburgo, Madagascar, Malí, Mónaco, Marruecos, Países Bajos, Noruega, Perú, Portugal, Senegal, Eslovaquia, España, República Checa, Turquía, UK, Uruguay, Vaticano y Yugoslavia.


• Quién paga el Droit de Suite?
Paga la parte vendedora en función del porcentaje que cada país establezca. Se recomienda no incluir en el pago del derecho a las obras adquiridas directamente al artista con tres años de anterioridad a la fecha de venta.


Es negativo para el mercado de arte el “Droit de Suite”?

El Reino Unido, fue uno de los principales opositores a la medida de la CE ya que se temía una fuga de obras de arte a las plazas de Nueva York y Ginebra, que aún no han adherido al Droit de Suite (18) y logró un aplazamiento de aplicación del “Artists' Resale Royalty Right “ hasta enero de 2006.” Sin embargo parece que han resultado mayores las pérdidas producto de la aplicación del VAT / IVA (19) que las temidas pérdidas por la aplicación del ARRR, tal como revelan los índices del primer semestre del corriente año:

“…professional art market sales in the UK since February 14, 2006 do not appear to have been damaged by sellers and/or buyers opting to trade in, say, Geneva, New York City, or other non-ARR countries, as was strongly predicted would happen by UK art market professionals opposed to the introduction of ARR.” (20)


Notas al pie
1
Article 14ter
“Droit de suite” in Works of Art and Manuscripts:
1. Right to an interest in resales; 2. Applicable law; 3. Procedure
(1) The author, or after his death the persons or institutions authorized by national legislation, shall, with respect to original works of art and original manuscripts of writers and composers, enjoy the inalienable right to an interest in any sale of the work subsequent to the first transfer by the author of the work.
(2) The protection provided by the preceding paragraph may be claimed in a country of the Union only if legislation in the country to which the author belongs so permits, and to the extent permitted by the country where this protection is claimed.
(3) The procedure for collection and the amounts shall be matters for determination by national legislation. Berne Convention for the Protection of Literary and Artistic Works.September 9, 1886,completed at PARIS on May 4, 1896,revised at BERLIN on November 13, 1908,completed at BERNE on March 20, 1914,revised at ROME on June 2, 1928,at BRUSSELS on June 26, 1948,at STOCKHOLM on July 14, 1967,and at PARIS on July 24, 1971,and amended on September 28, 1979

2 Director General de Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP) y Presidente de la European Visual Artists (EVA)
3 Gutiérrez Vincen Javier. El Droit de suite en la unión europea.
4 Entre 30 y 70 años según diferentes legislaciones.
5 Si bien este derecho esta reconocido en Argentina en la Ley 11.723 (235) muy dificultosamente se aplica en las artes visuales.
6 Gutiérrez Vincen Javier. El Droit de suite en la unión europea.
7 California Resale Royalty Act (California Civil Code, Section 986), 1988. Aministrador: California Arts Council.
8 Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al Derecho de Participación en beneficio del autor de una obra de arte original
9 Sobre la base del artículo 14 del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas
10 El 4% del precio de venta de EUR 3.000 a EUR 50.000 (o el 5% en la discreción de los Estados miembros);
El 3% del precio de venta entre EUR 50.001 y EUR 200.000;
El 1% del precio de venta entre EUR 200.001 y EUR 350.000;
0.5% del precio de venta entre EUR 350.001 y EUR 500.000;
0.25% para el precio de venta que excede EUR 500.000.
El máximo por derecho de reventa se calcula en EUR 12.500.

11 BILD-KUNST is a collecting society providing copyright protection for artists, photographers and graphic designers in Germany.
For its members and for the members of foreign sister organisations BILD-KUNST protects copyrights in the visual arts which copyright holders are themselves unable to protect for practical or legal reasons. www.bildkunst.de
12 California Civil Code 986 (Resale Royalty Act code)
13 Anterior a esta fecha, la recaudación se efectuaba por un sistema indirecto a través del ‘Receveur du Droit de Suite’
14 Association for the Defence of Graphic and Plastic Arts
15 VEGAP es la sociedad de autores que gestiona de forma colectiva en España los derechos de propiedad intelectual de los creadores visuales, actividad que viene desarrollando desde el 5 de Junio de 1990, fecha en que la Entidad fue creada por Orden Ministerial del Ministerio de Cultura. http://www.vegap.es/
16 Notificar la reventa efectuada, dentro del plazo legal de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la reventa, a la entidad de gestión correspondiente o, en su caso, al autor o a sus derechohabientes.

Las obligaciones de los intermediarios relativas al depósito, notificación y liquidación de las cantidades deberán realizarse por escrito en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la reventa. Además la notificación que se realice a los autores, derechohabientes o a la entidad de gestión correspondiente deberá contener:

El lugar y la fecha en que se efectuó la reventa.
El precio íntegro de la reventa.
La documentación acreditativa de la reventa necesaria para la verificación de los datos y la práctica de la correspondiente liquidación, que deberá incluir, al menos, el lugar y la fecha en que se realizó la reventa, el precio de remate de la misma y los datos identificativos de la obra revendida, así como de los sujetos contratantes, de los intermediarios y, en su caso, del autor de la obra.
Efectuada la notificación, los profesionales del mercado del arte harán efectivo el importe del derecho de participación. http://www.vegap.es/
17 Si Argentina aplica el Droit de Suite y reconoce los derechos de participación de los artistas europeos, las ventas de artistas argentinos producidas en Europa serán reconocidas por el Droit de Suite europeo.
18 De los 3.250 millones que mueve anualmente el mercado de arte europeo, el 52 % de este monto se opera en Londres, que abarca el 90 % del mercado de la subasta manejado por las tradicionales Christie’s y Sotheby’s.
19 Los estudios de la Tefaf, han demostrado que mientras Europa ha perdido en los últimos diez años un 7,2% del global share en el mercado de arte, Estados Unidos lo ha incrementado en un 7%. Suiza, país no perteneciente a la UE, ha aumentado su share en un 21% en el mismo período. Europa, que manejaba el 50% del mercado de arte global, ha visto en un año reducir este porcentaje a un 45%. VAT and the European Art Market, A Study. Tefaf, 2003.
20 THE ARTLAW ARCHIVE. Resale Right: First Semester Report © Henry Lydiate 2006


Bibliografía y vínculos
Ley de Propiedad Intelectual
Ley 11.723 (235) del Poder Ejecutivo Nacional
Buenos Aires, 28 de septiembre de 1933
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, martes 3 de julio de 2001.
European Commission: DG Internal Market. Management and Legitimate Use of Intellectual Property. International ConferenceStrasbourg 9-11 July 2000. The Artist’s Resale Right at the International Level
Agenda provisional del comité internacional de derecho de autor. 27 de marzo 2001, Paris.
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la harmonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. 21 de enero de 1988.
Universal Copyright Convention as revised at Paris on 24 July 1971
Bildende Kunsteneres Hjelpefond. Droit de Suite. The Norwegian way. Statute of November 4. 1948, Fee on Sale of Visual Art
Documentos de la Organización Mundial de la propiedad Intelectual. OMPI.
Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas Acta de París del 24 julio de 1971y enmendado el 28 de septiembre de 1979
Treaty of Rome, Establishing the European Community as Amended by Subsequent Treatie.s ROME, 25 March 1957
Directiva 2000/ CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original
Patricia Cairoli, “El Droit de Suite o Derecho de seguimiento en las obras de arte: Los problemas para su implementación en la Unión Europea”. Revista Conceptos, Año 78, N 1, 2003. Universidad del Museo Social Argentino
Clare McAndrew and Lorna Dallas-Conte. "Implementing Droit de Suite (artists’ resale right) in England" The Arts Council of England.
Gutiérrez Vincen, Javier. El Droit de suite en la unión europea.
California Arts Council . California Resale Royalty Act
Copy-DAN
VEGAP
Sabam
Bild-Kunst
Kusin & Company, Arts Economics.
Lydiate, Henry. Artists' Resale Right: First Semester Report. 2006. The art law archive.
Caslon Analytics profile, Droit de Suite .
Rt Hon David Heathcoat Amory MP. A Market under threat: How the European Union could destroy the British Art Market. Centre for Policy Studies. UK.
Antiques Trade Gazzte. Archivos.
Aspectos prácticos de la aplicación del derecho de participación (“droit de suite”)

El sur

"He dicho Escuela del Sur; porque en realidad, nuestro norte es el Sur. No debe haber norte, para nosotros, sino por oposición a nuestro Sur. Por eso ahora ponemos el mapa al revés, y entonces ya tenemos justa idea de nuestra posición, y no como quieren en el resto del mundo. La punta de América, desde ahora, prolongándose, señala insistentemente el Sur, nuestro norte.” Joaquín Torres García. Universalismo Constructivo, Bs. As. : Poseidón, 1941.

lunes, 17 de septiembre de 2007

Galería de la antiestética

Allá por los años 60 hizo su aparición en las mesas argentinas un monstruo cerámico denominado "pingüino". Hoy objeto de colección, por ese entonces era el pingüino epítome de "shomería" a ultranza, berretada total y como Roberto Fontanarrosa recuerda en el siguiente texto, de "vino de la casa".
Uno nunca sabe
Roberto Fontanarrosa
-- Es difícil de explicar --insistió Mario--. Es como si vos vas a un bodegón y el mozo ve que vos tenés tal pinta de pordiosero que viene y, sin preguntarte nada, te pone en la mesa un pingüino de vino tinto de la casa. ¿Qué te queda por hacer en ese momento? Levantarte e irte, querido. Ese mozo te está ofendiendo. Porque aunque vos seas un pordiosero y se vea a la legua que no te podes bancar ni por puta un vino más o menos pasable, el tipo tiene la obligación moral de alcanzarte la lista de vinos y preguntarte "¿El señor tiene alguna preferencia? ¿Desea algún vino gran reserva?". Entonces ahí sí, vos podés devolverle la lista y decirle, tranquilo "No, muchas gracias. Tráigame un pingüino con tinto de la casa" porque la verdad es que no tenés ni un mango partido por la mitad para elegir otra cosa... ¡Porque es un problema de dignidad, mi viejo! ¡Te tienen que dar la oportunidad de elegir, ese es el asunto! Pueblos enteros han ido a la guerra por eso...
-- ¿Porque vino el mozo y les sirvió un pingüino de...?
-- No. Por dignidad.

Jarra Pingüino: contenedor para vino con aspecto de ave caradriforme muy en boga en los años 60/70.

Fuente:Vagalume

domingo, 16 de septiembre de 2007

Incierto destino del MAMBA y otras yerbas. Cuando la política cultural hace agua.


Mucho se viene hablando en los últimos meses de la pérdida de Patrimonio Arquitectónico que viene sufriendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Petit Hotel demolidos a mansalva y barbaridades por el estilo asolan la ciudad como el monstruo Godzilla.

Mapa de los Petit-Hoteles recientemente demolidosLa iniciativa de reunir a los distintos sectores para estudiar soluciones a favor de la preservación arquitectónica de la Ciudad de Buenos Aires surgió de Izrastzoff Bienes Raíces, una inmobiliaria presente desde hace 30 años en Recoleta. En el evento, Andrés Lernoud, Gerente de Desarrollos inmobiliarios de Izrastzoff, presentó un mapa de los Petits Hotels demolidos en los últimos años en la zona de Recoleta, detallados a continuación.1. Callao 16602. Callao 18273. Rodríguez Peña 17364. Rodríguez Peña 1671 Casa Roldán 5. Azcuénaga 11836. Azcuénaga 13707. Larrea 1230 8. Junín 11219. Peña 208210. Uriburu 1562

Fuente: Especialistas del ámbito público, arquitectónico e inmobiliario abordaron la problemática de la preservación del patrimonio arquitectónico de Buenos Aires desde distintas perspectivas.



De esto habla Pablo Grementieri en el suplemento cultural de La Nación:

"El boom inmobiliario arrasa con petits hôtels, buenas casas antiguas, edificios industriales de valor y otras piezas clave del patrimonio.

Pero las autoridades no se quedan atrás. El Gobierno Nacional despanzurra el Palacio de Correos con un proyecto costoso y sin sentido, pintarrajea de nuevo la Casa Rosada y desarticula la Plaza de Mayo. Y el Gobierno de la Ciudad habla y panfletea mucho, pero preserva poco y mal"


Lo que no comenta este artículo es que para la creación del Centro Cultural del Bicentenario de dimensiones monumentales en el Palacio de Correos, se deberán entregar en el mes de diciembre las salas que ocupa temporariamente el Museo de Arte Moderno, espacio municipal cuyo edificio de la Av. San Juan se encuentra en refacciones y con la obra detenida por falta de presupuesto. Las salas del Museo en Palacio de Correos fueron inauguradas con la muestra de dibujos de Luis Felipe Noé el 4 de mayo del corriente año luego de mucho trabajo por parte del equipo técnico, exhibiéndose además la Colección Pirovano. Se preveía que la obra se econtraría finalizada en el 2006 y en agosto del 2005 se anunciaba que "Inician las obras de ampliación del Museo de Arte Moderno"


Serán el MAMBA y su patrimonio víctimas y escenario de la lucha política entre la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir de diciembre del 2007?

Tras años de postergación
Prometen poner en marcha las obras del Museo de Arte Moderno

El gobierno porteño anunció que concluirán en 17 meses
Una más y van La comida anual de la Asociación de Amigos del Museo de Arte Moderno de Buenos Aires (Mamba) se abrió anteanoche con el anunció del jefe de gobierno, Jorge Telerman: "1953 es el número del decreto que firmé hace dos horas para poner en marcha las obras de ampliación del Museo de Arte Moderno".
El aplauso que siguió tuvo el recelo del escepticismo: no es la primera vez que Telerman promete terminar con el rumbo itinerante del museo que nació hace 50 años por iniciativa del crítico Rafael Squirru y desde hace nueve espera se concrete el proyecto de ampliación, que sumará metros de exposición para las colecciones del patrimonio y las muestras temporarias.
Menos el número de decreto, casi las mismas palabras pronunció años atrás el licenciado Telerman cuando era secretario de Cultura, en una fiesta a beneficio organizada en la sede de la avenida San Juan al 300. Pero la danza de los sobres de la licitación, las impugnaciones y el golpe de gracia que significó la crisis de 2001 dejaron en veremos la esperada obra.
Cristiano Rattazzi, presidente de la Asociación de Amigos del Mamba, preparó el terreno para el nuevo anuncio de Telerman con la lectura de una carta firmada por dos turistas que se citan en la puerta del museo y cuando llegan, guía en mano, descubren con sorpresa que el museo está cerrado.
Pero no fue la carta de los turistas sino la presión ejercida por la comunidad de artistas, galeristas, coleccionistas y amigos del museo el indicador más serio de que la paciencia había llegado a su fin. En cada mesa, los comensales encontraron la invitación para "un abrazo" al museo con fecha y hora: mañana a las 19.
Por ahora, los amigos del arte, con la galerista Orly Benzacar a la cabeza, dejaron la iniciativa en suspenso. "Dadas las anteriores promesas incumplidas -señalaron, sin embargo-, permaneceremos vigilantes en el cumplimiento de lo anunciado, hasta que la ciudad de Buenos Aires cuente con su Museo de Arte Moderno funcionando". No habrá abrazo, pero sí estado de alerta y seguimiento de las obras.
En 1997, el arquitecto Emilio Ambasz, argentino radicado en Nueva York, donó un proyecto para ampliar el museo. Desde entonces se sucedieron funcionarios de Cultura y jefes de Gobierno y la ampliación quedó en la nada; otro tanto ocurrió con un crédito del BID, oportunamente otorgado por Enrique Iglesias. Se perdió por el camino, porque los organismos internacionales tienen plazos y condiciones. Antes de dar cuenta del carpaccio de langostinos marinado con hierbas que abría el menú del Hilton, la concurrencia supo que las obras terminarán en diecisiete meses.
Durante 2006 el museo estuvo cerrado; las colecciones están guardadas en un depósito del Palacio de Correos. El decreto 1953 "pondrá fin a una historia de desencuentros", según las palabras del jefe de Gobierno, que celebró una noche con "acento italiano", en alusión a la directora del Mamba, Laura Buccellatto; al presidente de los amigos, Cristiano Rattazzi; a la Fondazione Gottardo, de Lugano, que patrocinó la comida; a la Fundación Andreani, que alojó las oficinas del museo en forma temporaria y a Pettinato (Roberto), el carismático conductor de TV, devenido animador del circuito del arte por su romance con la artista Karina Al Azem. Mauro Vieira, embajador de Brasil; la ministra porteña de Cultura, Silvia Fajre; Franklin Pedrozo, curador de la Bienal del Mercosur; Marion Helft, Julio Werthein y muchos otros fueron testigos del compromiso que la Ciudad asumió el lunes por la noche con el arte moderno.

Por Alicia de Arteaga, La Nación, Miércoles 22 de noviembre de 2006, reproducido en Boletín Semanal de Noticias de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires


Mientras las obras del MAMBA esperan y su patrimonio vaya a saber qué destino incierto corre, tomamos nota que el furor destructivo de la piqueta tanto privada como oficial no tiene paz.

La Ley de Patrimonio porteña no tiene dientes: es muy dudoso que los vándalos
puedan ser obligados a reconstruir lo que arrasaron. En la otra punta de la ciudad está la Casa del Naranjo, un caso muy diferente. Para empezar, no es una casa vieja: es la casa más vieja de Buenos Aires. Lo que hoy es una tapera roñosa esconde bajo infinitas remodelaciones adobes de 1730. Vale aclarar que excepto por fragmentos de edificios como el Cabildo o por milagros como la iglesia del Pilar, en Buenos Aires no queda casi nada de principios del siglo XVIII. Esta tapera está al lado de la fábrica de cigarrillos 43 que ahora alberga el Mamba y hace muchos años que es propiedad de la Ciudad. En tiempos idos, la dictadura abrió la casa al público remodelándola, con ridícula mentalidad militar, para que pareciera “más colonial”. Luego el lugar fue ocupado y más tarde se hizo un extenso trabajo arqueológico que permitió datarlo y rescatar evidencia valiosa sobre la forma de vida en lo que era hace tres siglos un arrabal urbano.
La humilde casa era originalmente un ranchito de techo de paja, típico de lo que fue esa Gran Aldea. Tenía un horno de barro integrado a la cocina y muchas de sus maderas todavía estaban en su lugar. La familia que la poseyó fue prosperando y, para finales de siglo, construyó un caserón más vistoso respetando la todavía flamante línea municipal. El rancho de adobequedó como la parte de atrás de la casa, cerrando un patio y separándolo de los fondos.
La Casa del Naranjo y su sucesora de 1790-1810 (aproximadamente) tienen fecha de vencimiento: cuando se inicien las obras de ampliación del Mamba, el lugar será simplemente demolido. Ya se retiró todo lo que remotamente se puede sacar –puertas, vanos, baldosas, mayólicas– y el resto será escombros.
Curiosamente, hasta se habló de desarmarla y llevarla a otro lugar, o de modificar el proyecto del Mamba para incluirlo de alguna manera (el arquitecto Ambasz envió una alteración en ese sentido).

Vía S.O.S Patrimonio Arquitectónico de los Barrios en Peligro , martes 24 de julio de 2007


Inmersos en una política cutural de completa vaciedad, o mejor dicho, inmersos en la absoluta carencia de política cultural clara, braceamos como los nadadores del cuento de Cortázar en la piscina de gofio y esperamos la sanción que preserve nuestro patrimonio, que proteja a los creadores, que dicte la Ley de Mecenazgo, como quien espera que se produzca la aurora boreal sobre nuestra Santa María de los Buenos Ayres.